Planificación Fiscal

A la hora de iniciar un emprendimiento, constituir o reestructurar una sociedad, son muchos los aspectos a tener en cuenta: la selección de la razón social, la dotación del personal, la tecnología a utilizar, la localización del establecimiento, etc. Sin embargo, hay algo a lo que nadie puede escapar: el pago de tributos.

La carga fiscal se hace sentir año tras año en los números de las compañías; y los empresarios se preguntan qué pueden hacer para poder ingresar menos dinero a las arcas del estado y reducir la carga impositiva. La evasión y la elusión no son las soluciones, ya que acudir a ellas puede derivar en el pago de cuantiosas sumas en conceptos de multas y, en el peor de los casos, hasta cabe la posibilidad de penas de prisión. No obstante, existe una herramienta totalmente legal que permite lograr ese objetivo: la planificación fiscal.

La planificación fiscal permite ahorros sustanciales en la cuantía de las obligaciones tributarias,  diferir el momento en que su pago ha de hacerse efectivo y evitar problemas de tesorería, que nos hacen acudir a la financiación externa con los correspondientes costes financieros que conlleva.

Nuestra gestión fiscal incluye estudios de planificación de la tributación, servicio de consultas, presentación de impuestos, información continua sobre cualquier novedad en el ámbito fiscal y asesoramiento ante una posible inspección fiscal.

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CÓMO ALIGERAR LA CARGA TRIBUTARIA

Las normas tributarias convierten al Estado en partícipe de los resultados de toda actividad económica llevada a cabo por los particulares, siendo las leyes fiscales las reglas por las que se fijará la participación del Estado en dichos resultados.

Las leyes fiscales cumplen además una finalidad de política económica, tratando de orientar la actividad de los particulares hacia fines socialmente deseables. Así, se incentivan unas actividades mediante reducciones o incluso subvenciones fiscales a la vez que se desincentivan otras, incrementando su gravamen. Esto implica que la carga tributaria soportada por una persona física o jurídica variará en función de las decisiones adoptadas.

De este modo, al llevar a cabo una inversión, es posible elegir entre activos diversos (fondos de inversión, depósitos bancarios, planes de pensiones, etc.) con tratamiento fiscal muy distinto. Al iniciar el ejercicio de una actividad empresarial, puede hacerse bajo forma societaria o como empresa individual. La forma de empresa determinará la cuantía del gravamen.

Es más: las obligaciones fiscales afectan incluso a las esferas de la vida privada personal, pues también también las decisiones de casarse, divorciarse, o tener hijos, tienen consecuencias tributarias.

La planificación fiscal tiene como objeto conocer a priori las consecuencias fiscales de las decisiones personales, para poder así actuar de la forma más adecuada: aunque pagar impuestos sea una obligación ineludible, el sistema tributario permite ciertas opciones que conviene conocer, saber, cuantificar, y comparar, a fin de escoger las más adecuadas, coordinarlas y estructurarlas en un plan estratégico que permita reducir al máximo los gastos así como beneficiarse de las ventajas y exenciones legales permitidas por la ley.

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¿QUÉ ES LA PLANIFICACIÓN FISCAL?

A la hora de iniciar un emprendimiento, constituir o reestructurar una sociedad, son muchos los aspectos a tener en cuenta.

La selección de la razón social, la dotación de personal, la tecnología a utilizar, la localización del establecimiento, la maraña de trámites burocráticos necesarios para registrar adecuadamente a la compañía, y otros factores a considerar, son algunos ejemplos del complejo escenario al que se enfrentan las empresas. Sin embargo, hay algo que va más allá del tamaño y tipo de negocio y a lo que, prácticamente, nadie puede escapar: el pago de tributos.

Ganancias, IVA, Ingresos Brutos, entre otros, se hacen sentir año tras año en los números de las compañías y los empresarios se preguntan, cada vez más, qué pueden hacer para poder ingresar menos dinero a las arcas fiscales y reducir la carga impositiva. La evasión y la elusión no son las soluciones, ya que acudir a ellas puede derivar en el pago de cuantiosas sumas en conceptos de multas y, en el peor de los casos, hasta cabe la posibilidad de penas de prisión. No obstante, existe una herramienta totalmente legal y permitida que permite lograr ese objetivo: la planificación fiscal. Ahora bien, ¿qué es?

Germán López Toussaint, socio del estudio López Toussaint & Asociados, destaca que es una actividad del proceso de toma de decisiones empresariales” que tiene “el objetivo de minimizar lícitamente el costo impositivo”. Asimismo, Rodolfo Canese Méndez, Socio de Impuestos de KPMG, lo define como un plan que se utiliza para “buscar reducir la carga tributaria dentro de los parámetros legales permitidos”. Aunque no hay soluciones generales aplicables a todos los casos como una fórmula matemática, sí existen pautas a seguir para reducir el impacto de la carga fiscal. Lo primero que hay que tener en cuenta, según Canese Méndez, es entender el negocio y conocer dónde operará la firma. Por eso, en Soluzionasesores nos esforzamos en comprender y analizar a fondo las empresas de nuestros clientes, su situación económica, y el sector en qué operan, así como las ventajas y exenciones fiscales existentes en dicho sector. En tanto, López Toussaint puntualizó que los asesores tributarios, a la hora de evaluar la situación impositiva de una firma y formular una adecuada planificación fiscal, deben tener en cuenta los siguientes aspectos:

  • Cómo está organizado el negocio: de qué tipo de compañía se trata, si es un fideicomiso, holding, si conforma un grupo económico… entre otras opciones. Esto es así, dado que existen ciertas formas de organización que permiten obtener determinados beneficios fiscales como tales. Es el caso de las fundaciones, por ejemplo, respecto del Impuesto a las Ganancias o de los fideicomisos financieros “que tienen las mayores regulaciones desde el punto de vista tributario y las mejores normas impositivas, claramente un tratamiento tributario especial en la medida que se se estructure de forma adecuada”, señalaba oportunamente el especialista Gabriel Calcagno.
  • Qué grado de titularidad existe respecto de los activos: Toussaint destacó que es importante identificar si se trata de propiedad plena, locación, leasing con opción de compra, etcétera. Este aspecto es clave porque, por ejemplo, en el caso del leasing financiero, los cánones pueden deducirse del Impuesto a las Ganancias durante todo el plazo del contrato. Es decir, se admite la deducción acelerada de las cuotas pagadas, independientemente de la vida fiscal del bien.
  • Cuál es la estructura de los contratos: bilaterales, entre ausentes, conformidad unilateral, etcétera. Este punto también reviste importancia dado que cada contrato apareja obligaciones de las partes y, consecuentemente, responsabilidades ante incumplimientos y esto no escapa  a la materia tributaria.
  • Qué criterios de depreciación de los bienes de capital se utiliza en la compañía: es decir, métodos lineales, métodos acelerados, entre otros. En este último caso mencionado, la depreciación acelerada es una ventaja fiscal que permiten, en la actualidad, algunos regímenes de promoción industrial vigentes que buscan incentivar la inversión en bienes de capital.
  • Cómo se realiza la valuación de los stocks: Primero entrado – primero salido, último entrado – primero salido, precio promedio ponderado. El método utilizado incidirá en el valor que tendrá el inventario, lo cual es clave a los fines de calcular impuestos tales como Ganancia Mínima Presunta, a los efectos de reducir la carga tributaria en un ejercicio fiscal.
  • Cuál es la ubicación temporal de operaciones, a lo largo del año, respecto del nacimiento de hechos imponibles (es decir, los criterios denominados devengado y percibido). Esto es vital en el caso de Ganancias, ya que definirá el momento en que se gravarán las mismas las transacciones que realice la compañía.
  • Cómo es la definición de ciclos comerciales a los fines fiscales: esto significa las fechas de cierre de ejercicio y estacionalidades. Algunos sectores, tales como el ganadero, tiene períodos de engorde en los que sólo generan gastos.  En esos casos, es importante evaluar la asignación de dichos gastos a cada ejercicio a fin de distribuir la carga impositiva.

DIEZ CLAVES DE UNA BUENA PLANIFICACIÓN FISCAL

Destacados especialistas coinciden en que existen ciertos aspectos que las empresas, así como los analistas tributarios que las asesoran, deben considerar a la hora de llevar a la práctica el objetivo de reducir la carga tributaria, año tras año.

En este sentido, destacan 10 claves que merecen especial atención:

  1. Considerar el tipo de productos que se venden y la cadena de valor

La selección de qué tipo de producto comercializarán las empresas es un tema clave ya que a efectos fiscales, «no es lo mismo tecnología que mercancías o cualquier producto destinado a uso comercial”

Otro aspecto a estudiar en las empresas es que “cada una de las etapas en la cadena de producción y comercialización de bienes y servicios tiene sus activos, funciones y riesgos asociados».

“En el mundo actual, las compañías pueden decidir distribuir tales funciones y riesgos de la cadena comercial entre distintos países, según la conveniencia en materia de fabricación, comercialización y logística”, además una adecuada planificación de la localización de la cadena puede tener impacto en materia fiscal.

  1. Elegir la estructura societaria e interna más adecuada

Es importante a la hora de constituir una sociedad, “darle un encuadre jurídico eficaz, que permita favorecerla con las exenciones y beneficios impositivos que ésta pudiera tener”.

Esto sirve, asimismo, “para evitar dobles o múltiples imposiciones, producto de distintos criterios de atribución de impuestos en las distintas jurisdicciones nacionales, como así también para librarse de abultados saldos a favor, generados por la aplicación indiscriminada y simultánea de regímenes de recaudación”.

Es necesario una correcta radicación de los denominados “centros de servicios regionales” con que cuentan las empresas, los cuales llevan a cabo funciones tales como administración, sistemas, contabilidad, marketing, recursos humanos, o legales, entre otras.

El tratamiento tributario de los mismos resulta transcendental en el momento de definir cuál será su localización

  1. Determinar qué impuestos inciden en mi negocio

En materia tributaria, siempre vamos a encontrarnos con tres frentes: el nacional, el provincial y el municipal. Cada uno de ellos podrá reclamar distintos recursos tributarios, entre los principales encontraremos:

  • A Nivel Nacional: Impuesto al Valor Agregado; Impuesto a las Ganancias; Impuesto a la Ganancia mínima Presunta; Impuesto a los Bienes Personales; Impuestos Internos (consumos específicos); Impuesto a los débitos y créditos bancarios.
  • A Nivel Provincial: Impuesto sobre los Ingresos Brutos; Impuesto de Sellos; Impuesto Inmobiliario; Impuesto Automotor.
  • A Nivel Municipal: Tasas Retributivas de servicios (Seguridad e higiene, publicidad y propaganda, etc.).
  1. Establecer cómo afecta en cada área de la empresa el aspecto impositivo

Es muy común que pensemos en los impuestos cuando empezamos a ver cómo impactan en nuestras finanzas, por lo que existe la idea de que el área que debe tener en cuenta el aspecto impositivo debe ser solamente la financiera.
Sin embargo, los impuestos impactan en todas las áreas de la compañía. Desde el momento de concertación de la operación hasta la entrega final de un producto. El marketing, los servicios al cliente, la facturación, las cobros y pagos, los recursos humanos e incluso la logística, todo tiene un impacto impositivo.

  1. Evaluar la posibilidad de diferir impuestos

El impuesto de renta obtenido por la aplicación de la ley tributaria puede ser diferente al impuesto financiero calculado en base a las directrices contables, esta diferencia es lo que se conoce como impuesto de renta diferido, o impuestos diferidos.

Un impuesto diferido pasivo (o crédito) se da cuando el contribuyente paga un menor impuesto en un determinado período pero debe pagar el impuesto restante en los períodos siguientes. Son las cantidades de impuestos de renta a pagar en ejercicios futuros relacionadas con las diferencias temporales gravables.

Uno de los ejemplos más claros de impuesto diferido se da en las diferencias que hay entre la amortización contable y la amortización fiscal, que permite diferir el pago de impuestos.

  1. Considerar la financiación a través de aportaciones de capital o préstamos

“La financiación puede ser, en general, estructurada a través de aportaciones de capital o deuda, cada uno con sus consecuencias fiscales definidas”.

En las aportaciones de capital, existen varias opciones como por ejemplo mediante un préstamo de los socios a la sociedad con devengo de tipo de interés de mercado o hacer una ampliación de capital, escriturando la misma con todos los gastos de notario, registro, etc.

En cuando a la obtención de financiación por medio de deuda hay que estudiar el pasivo de la empresa y las distintas opciones que ofrecen los bancos o las ayudas subvencionadas como pueden ser los préstamos ico.

  1. Aprovechar los beneficios de los regímenes de promoción vigentes

Es clave para las empresas hacer un buen “aprovechamiento de las exenciones fiscales, deducciones, desgravaciones” que son otorgadas para distintos tipos de industrias o actividades.

En este sentido, cabe remarcar que dichos incentivos, además, existen “por jurisdicción”, por lo que éste también es un factor determinante para realizar una correcta planificación fiscal.

  1. Prestar atención a los tratados de doble imposición

En los casos en que la empresa realice operaciones con el exterior, “si lo que estudiamos son decisiones de localización de inversiones, teniendo en cuenta la aplicación de la imposición a la renta y sobre el patrimonio global, hay que tener presente qué dicen:

  • Los convenios para evitar la doble imposición (CDI).
  • Los tratados de protección de inversiones.
  • Los convenios o acuerdos interjurisdiccionales de coordinación fiscal.
  • Las normas antielusión contenidas en la propia legislación sustantiva.
  • Las normas específicas con este fin. ”
  1. Considerar el impacto de los derechos aduaneros

El problema de los derechos aduaneros es que se pueden considerar como un impuesto “oculto” y que, a diferencia del IVA, no se puede reclamar. Dichos derechos son impuestos establecidos sobre las mercancías importadas por empresas situadas en la Unión Europea (UE). Dependiendo del tipo de productos que se estén importando y a dónde se dirigen, los derechos aduaneros pueden ser una cantidad fija por producto o una tasa sobre el valor de la mercancía que puede variar desde el 0% hasta más del 50% de su valor.

Las dos preguntas que la empresa debería hacerse son:

  • Las mercancías importadas, ¿están clasificadas y valoradas correctamente? La incorrecta clasificación o valoración puede dar lugar a pagos excesivos de impuestos, provocando un impacto significativo en el flujo de caja y en la rentabilidad de la empresa. Por otra parte, una declaración incorrecta puede llevar a menores pagos, que a su vez, se pueden traducir en sanciones económicas, la posibilidad de la incautación del bien e incluso la pérdida de reputación.
  • ¿Estamos aplicándonos todas las exenciones disponibles? Dependiendo de la naturaleza de los bienes que se importan y del uso que se les vaya a dar tras la importación, existen un gran número de exenciones disponibles que pueden reducir o aplazar significativamente la aplicación de los derechos de aduana.
  1. Las empresas deben cuidarse de no salirse de los parámetros legales

Ello es importante porque una decisión equivocada, que trascienda los límites de la ley, originada en un precario o descuidado estudio de las normas aplicables al negocio u operación, puede generar futuras contingencias, tales como procedimientos de verificación de datos o de comprobación limitada o la iniciación de un procedimiento de inspección.

Todos estos procesos traen a la empresa fuertes sanciones por parte de la inspección tributaria y la pérdida de tiempo al ser un proceso lento y desagradable para la empresa.

¿POR QUÉ ES IMPORTANTE UNA CORRECTA PLANIFICACIÓN FISCAL?

Ya sea como ciudadanos, o como empresarios, seguro que en más de una ocasión hemos pensado lo siguiente: ¿Es que no es posible, actuando de la más estricta legalidad, pagar menos a Hacienda? ¿No estaré pagando más impuestos de los que debiera? ¿Estaré aprovechando al máximo las ventajas, incentivos y beneficios que me ofrece la legislación? ¿Por qué siempre me resulta tan inoportuno pagar los impuestos? Cuestiones que, quizás, no nos agobiarían tanto si hubiésemos realizado con la suficiente antelación una adecuada planificación fiscal.

Una buena planificación fiscal previene qué consecuencias, desde un punto de vista fiscal, van a tener los comportamientos y decisiones que como sujetos económicos adoptemos a lo largo del ejercicio económico-fiscal, a fin de poder anticipar la cifra de impuestos a pagar. Serán, por tanto, nuestras acciones y omisiones, lo que hayamos hecho o dejado de hacer en un determinado periodo de tiempo, lo que determinará el impuesto a ingresar. Es evidente que en los impuestos indirectos como, por ejemplo, el IVA, el margen que la legislación deja para la planificación es más reducido que en la imposición directa (entre otros, el IRPF o el Impuesto de Sociedades). En muchos casos, se limita a prever los pagos y los costes que inevitablemente conlleva la realización de los hechos imponibles.

Pero los impuestos directos contemplan determinadas situaciones subjetivas del sujeto pasivo a través de deducciones e incentivos. Son beneficios fiscales que necesariamente deben entrar en la ponderación de las alternativas que se presentan en el momento de la toma de decisiones. Son una variable más que no se debe olvidar, ya que el hecho de ponderarla puede ser el determinante que nos permita disfrutar de algún margen de maniobra.

Al igual que optimizas tus costes, debes optimizar tus costes fiscales.

No se trata de una cuestión baladí. Basta con echar cuentas y pensar en la cantidad de dinero que representan sobre los ingresos de las empresas los gastos por los diferentes conceptos fiscales. Por ello, de la misma manera que tratamos de, en la medida de lo posible, ahorrar en todos y cada uno de los factores que intervienen en nuestro proceso productivo, debemos considerar que los costes fiscales no deben escapar a nuestro control y que algo se puede hacer respecto a ello.

Una buena planificación evita problemas de tesorería

En ocasiones, los impuestos nos sorprenden: el IVA, los seguros sociales, el IRPF, el Impuesto de Sociedades… Todos ellos integran una batería de artillería pesada que aun disparando ordenadamente, porque tenemos la obligación de saber cuándo lo hace, la mayoría de las veces nos coge a descubierto y causa importantes destrozos a nuestras tesorerías. Entonces debemos recurrir, bien a financiación externa, o quizá debiendo aplazar alguna decisión de inversión para ‘apagar el fuego’ del recibo de Hacienda. Además, no debemos olvidar los costes que acarrea, tanto financieros, explícitos, como de oportunidad, no colocando nuestro dinero en el lugar y momento adecuado o, cuando menos, presupuestado.

Una planificación fiscal adecuada evitaría o, cuando menos, suavizaría estas situaciones. Y todo esto en una empresa en funcionamiento. Pero ahora imaginemos que todavía se trata de un proyecto que no ha visto la luz. Quizá para el empresario sea una cuestión intrascendente. A fin de cuentas, él va a trabajar en su proyecto, que es lo que le apetece y le importa. Lo demás son cuestiones muy farragosas que, cuanto menos tiempo se piensen, mejor. Craso error. Se pueden incurrir en errores de extrema gravedad si no se ponderan las consecuencias de una incorrecta elección del vestido jurídico-fiscal que lucirá nuestra idea o proyecto. Si no se hace una valoración adecuada a las diferentes alternativas se puede perder dinero, la empresa, y yendo un poco más lejos, hasta la camisa. Y luego no valen lamentaciones.

Estos incumplimientos de la ley pueden obedecer a diferentes causas. No todas son voluntarias, “no quiero pagar”, muchas tienen su origen en una imposibilidad para atender las obligaciones: “queríamos pagar pero no había dinero” o son causadas por la desinformación: “no sabía que hubiera que hacer esto”. Todos estos casos han de ser estimados y contemplados en una análisis serio, pues las repercusiones pueden ser nefastas.

En Soluzionasesores somos especialistas en planificación fiscal, la cual constituye una de nuestras actividades principales.

Buena planificacion fiscal

PERJUICIOS DE UNA MALA PLANIFICACIÓN FISCAL

  • Incremento en el pago de impuestos.
  • Problemas de tesorería por no prever pagos.
  • Pérdida de tiempo en Hacienda.
  • Recargos, intereses, sanciones.
  • Cada trimestre es una pesadilla.
Buena planificacion fiscal

BENEFICIOS DE UNA BUENA PLANIFICACIÓN FISCAL

  • Ahorro en el pago de impuestos.
  • Previsión con margen de pagos y costes fiscales.
  • Aprovecho deducciones e incentivos.
  • Difiero impuestos.
  • Duermo tranquilo cada trimestre.